Los tribunales declaran ilegales la planta de coque de Petronor y la central térmica de Elerebro (Castejón)

Ekologistak Martxan y el proyecto TRADENER (Transición Energética Democrática) felicitan a las campañas Meatzaldea Bizirik y Plataforma Coke Ez y a al Plataforma Ribera + Centrales No y la Fundación Sustrai, así como a las comunidades respectivas, por los últimos fallos de los tribunales, pues aunque muy tarde, estos fallos son resultado de su incesante trabajo y corroboran sus demandas, que son las nuestras.

En el caso de Meatzaldea, el 16 de abril de 2019, la Audiencia Nacional declaró que la planta de coque de Petronor a la que tan arduamente y durante tanto tiempo se ha opuesto esta comunidad fue construida violando la la Ley de Costas, por lo que no se debía haber construido. El fallo supone ahora su posible desmantelamiento. La misma situación se da en Castejón, donde el gobierno permitió la construcción de dos centrales de Elerebro e Iberdrola sin atender a las decisiones judiciales ni al sentir de la comunidad afectada. El 19 de marzo de 2019, 14 años después de que se autorizara la instalación del segundo grupo de la central de Elerebro, el Tribunal Supremo (TS) declaraba que este permiso fue dado sin tener en cuenta la sentencia que anulaba su autorización.

Ekologistak Martxan y el proyecto TRADENER (Transición Energética Democrática) recuerdan que actual modelo energético debe ser verde, fundamentado en renovables, pero también justo y democrático. Estos casos de Petronor (Repsol) y Elerebro (transferible a Iberdrola) demuestran una vez más el modus operandi de las grandes energéticas del oligopolio que cuentan con el favor político, se saltan las decisiones judiciales y pasan por encima de la voluntad popular. Además de no consultar a la población cercana les imponen proyectos que afectan seriamente su salud y su calidad de vida. En ambos casos los proyectos combatidos lo fueron desde esas bases, y a años de su puesta en marcha se tiene constancia de un incremento de contaminación en un caso debiddo al refino de deshechos del refino de petróleos convencionales y de petróleos pesados, y en el otro por producir energía a partir de gas natural.

Los casos también nos recuerdan que ademá de existir una obligación de escuchar a las poblaciones cercanas a esos proyectos, estas además tienen razón en la mayoría de los casos. También demuestra que la justicia no defiende a la población, bien por enredarse en una maraña de instituciones y de distintas decisiones, bien por voluntad propia y por el peso y el lobby de las grandes empresas. Recordemos aquí también que una de la razón de las “puertas giratorias” es esa, que los políticos en cargo actúen en connivencia con las empresas pero que una vez fuera de su cargo formen parte de ellas como pago y para favorecerlos en este campo, en la presión a otros póliticos, a la judicatura y a la opinión pública.

El caso de la planta de coque en Meatzaldea

Tras años luchando contra la construcción por Petronor de una planta de coque que iba a incrementarlas emisiones letales en la zona de Meatzaldea, y años de haber sido construida, el 16 de abril de 2019, la Audiencia Nacional declaró que ésta fue construida violando la la Ley de Costas.

La sentencia falla así a favor de la plataforma Meatzaldea Bizirik que había interpuesto la demanda. Así se confirma que las instituciones y la Ley no amparan a la ciudadanía, pues pe­se a lo positivo de este resultado, la decisión se da años des­pués de construirse la planta. Entre otras confirma que el Mi­nisterio de Medio Ambiente, que en realidad debería velar poréste, y por tanto por el espacio marino afectado por la cons­trucción y por la amosfera afectada después por emisiones al­tamente tóxicas, no vela ni por los derechos ambientales nipor los de la ciudadanía. Hay que tener en cuenta que Meatzal­dea Bizirik abrió un proceso contra Petronor y su proyecto de planta de coque el 22 de noviembre de 2012, y que debido al silencio administrativo por parte del Ministerio de Medio Ambiente inició este recurso contencioso administrativo en la Audiencia Nacional. La decisión se da por tanto 6 años y me­dio más tarde y cuando, como decimos, la planta de coque ya está finalizada y operativa. Por tanto, se confirma que es laciudadanía a través en este caso de la plataforma Meatzaldea Bizirik, quien alertó del problema instando sancionar a Petro­nor.

Según la abogada de la organización local, Cristina Álva­rez, la construcción de la planta de coque vulnera el artículo90 de la Ley de Costas, en el que se expone que»la ocupacióno la utilización sin el debido título administrativo del dominio público marítimo­terrestre, siempre que se hubiera desatendido el requerimiento expreso de la Administración para la cesación de la conducta abusiva» es considerada una infracción «grave».Ante esta decisión, el Ministerio de Medio Ambiente tendrá que resolver y notificar su decisión sobre la apertura o no deun procedimiento sancionador a Petronor que puede incluir la multa del 50% de lo invertido en la construcción de la planta de coque, ade­más de la demolición de la misma. Si la sación sigue adelante,la plataforma Meatzaldea Bizirik ha anunciado que so­licitará el desmantelamiento de la planta de coque. Petronor se sitúa entre los 10 máximos emisores de CO2 del estado. La coordinadora de Meatzaldea Bizirik, Sara Ibá­ñez, ha denunciado que desde la construcción de la planta de coque, «ha empeorado la situación de los ciudadanos», debido a que el coque es «el petróleo más sucio y más pesado, el que contamina más».Siguen los incidentes, sigue la movilización

Esta sentencia refleja en sí el arduo trabajo de una platafor­ma y de un vecindario que se ha negado a rendirse ante tantos abusos. Porque además del incremento de polución asociado ala planta de coque, Petronor a continuado sufriendo incidentes que se traducen en más contaminación y gases (que añadir alos emitidos de continuo). Ante ello, las plataformas locales Meatzaldea Bizirik y la Coordinadora antiCoke han seguido movilizando al vecindario para reivindicar sus derechos. 300personas salieron a las calles de Meatzaldea para protestarcontra nuevos incidentes provocados por la refinería aledaña de Petronor.

Portavoces de la plataforma exhortaron a «romper el tabú de Petronor. Entre todos tenemos que denunciar cada vez que veamos «anomalías» en la refinería o en el aire. No tenemos que dejar amedrentarnos, y tenemos que exigir a nuestros po­líticos y administraciones para que protejan a sus vecinos delos males que salen de esa refinería. Tenemos que exigir más cabinas de medición, controladas por las administraciones publicas, cabinas que midan todos los posibles contaminantes que se emiten desde la refinería, más inspecciones y limites en las emisiones que realmente protejan nuestra salud».

El caso de la central Térmica de Elerebro en Castejón
(Fundación SUSTRAI Erakuntza)

El Tribunal Supremo (TS) ha vuelto a dar la razón a los vecinos y las vecinas de Castejón que piden la paralización del segundo grupo de la central Térmica de Elerebro en ese municipio…
El TS se ha tenido que pronunciar ante la resolución del Tribunal Superior de Justicia de Madrid que consideraba que la sentencia que anulaba la autorización dada a la central para poder funcionar era meramente declarativa y no exigía ninguna otra acción para su cumplimiento. El TSJ de Madrid llegaba a esa conclusión porque a pesar que en 2013 el propio Tribunal anulaba la autorización, en el año 2012, el ministerio de energía había convalidado la autorización administrativa concedida en 2005. De esa manera, la administración pretendía subsanar una autorización que estaba a punto de ser anulada por un Tribunal.
El Tribunal Supremo en la reciente sentencia de 19 de marzo de 2019, establece que esa convalidación está directamente relacionada con el cumplimiento de la sentencia que anulaba la autorización. De esta manera, pasa de nuevo la pelota al TSJ de Madrid, y le obliga a tener que pronunciarse sobre si la sentencia que anulaba la autorización está ejecutada o no. Deberá decidir también si esa convalidación que se dio mientras el proceso judicial estaba abierto buscaba únicamente salvar una autorización que sabían iba a ser anulada.
14 años después de que se autorizara la instalación del segundo grupo de la central de Elerebro, y ahora de la mano de la Fundación Sustrai Erakuntza, los vecinos y las vecinas de Castejón siguen pleiteando, sin ninguna ayuda de las administraciones Navarras, para que se haga justicia. La sentencia de mayo de 2013 del TSJ de Madrid, confirmada posteriormente en octubre de 2016 por el propio Tribunal Supremo, declaraba que la autorización que se le dio al segundo grupo de la central no cumplía con la normativa ambiental que en esa época era de aplicación. La autorización ha sido declarada ilegal, y confirmada su ilegalización la administración estatal ha hecho lo posible por seguir manteniendo la ilegalidad y el Gobierno de Navarra ha mirado y sigue mirando para otro lado.
Esta es la segunda sentencia del Tribunal Supremo que da la razón a la fundación Sustrai en este tema. ¿Qué más necesita el gobierno de Navarra para decretar la paralización de la actividad de la central?
Es importante resaltar que las centrales térmicas de Castejón son el pilar fundamental de la línea eléctrica a 400 kV que une Castejón y Muruarte, y que en estos momentos están intentando prolongar hasta Itsaso, en Gipuzkoa. La función de esta línea, tal y como ya se ha informado recientemente, es la exportación de la producción energética de estas centrales y otras, a Francia. También existe un movimiento articulado contra esta línea eléctrica.

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